Compraventas

Documentación a aportar:

AVISO: .-Todos los documentos se han de aportar SIEMPRE EN ORIGINAL.

Una vez COMPLETE la documentación que se le requiera, se le asignará cita.

 

1.- RELATIVA A LOS SUJETOS:

 PERSONAS FÍSICAS:

  • N.I., pasaporte, Tarjeta de Residencia, N.I.E.
  • Libro de familia
  • Capitulaciones matrimoniales
  • Escritura de Emancipación
  • Sentencia de separación/divorcio
  • Nombramiento de defensor judicial
  • Nombramiento de tutor/curador
  • Autorización judicial de venta (menor/incapacitado)
  • Certificado de concordancia de nombres
  • Escritura de Apoderamiento

ENTIDADES:

  • Escritura de constitución de la sociedad
  • Documento fundacional (asociaciones, etc.)
  • Escritura de adaptación de la entidad a la legislación vigente
  • Escritura donde consten los cargos al día de hoy vigentes de la sociedad
  • Acuerdo inscrito de nombramiento de Administradores
  • Acuerdo inscrito de nombramiento de Consejeros Delegados
  • Escritura de Apoderamiento a favor de quien la representa

2.- RELATIVA A LAS FINCAS: 

  • Escritura de la finca
  • Contrato privado de compra de la finca
  • Certificación del Registro
  • Nota simple del Registro
  • Hipoteca de la finca-con su novación y/o ampliación-
  • Nombre del arrendatario
  • Escrituras de rectificación/modificación de cualesquiera otras
  • Estatutos de la Comunidad de Propietarios
  • Precio/Valor de los bienes
  • Autorización de la Delegación del Gobierno
  • Certificado Comunidad Propietarios sobre ausencia de deudas con ella
  • Recibo pagado del I.B.I.
  • Certificado catastral de la finca «Gráfico y Descriptivo» (incluyendo el titular, calle de situación y linderos y la superficie de la finca)
  • Certificado catastral de la finca «Gráfico y Descriptivo» (incluyendo el titular, calle de situación y linderos, la superficie de la finca, la superficie de solar edificada, la total superficie edificada, número de plantas y superficie por planta edificada)
  • Plano de la finca
  • (Participaciones indivisas en plazas de aparcamientos o trasteros): Un plano a escala, con la descripción del elemento -con superficie y linderos-, y de las zonas comunes -con superficie y linderos-.
  • Plano de la finca con detalle de la Agrupación, Segregación o División
  • Licencia de Segregación del Ayuntamiento
  • P.O.: Certificado de Autorización de venta
  • P.O.: Certificado de Precio Máximo de venta
  • Proyecto.
  • Solicitud de Licencia de Obras (<5/5/00).
  • Seguro de Obras.
  • Licencia de Obras.
  • Licencia de Demolición
  • Certificado Fin de Obra
  • Arquitecto certifica es conforme con la descripción de la escritura

3.- OTRA DOCUMENTACION:

Gastos

  • No residentes. Acreditación del carácter de no residente del dinero y del sujeto (Certificación bancaria de cuenta de no residente)
  • No residentes. Retención del 5% (si inversión de antes de 1987).
  • No residentes. Declaración al Registro de Inversiones Extranjeras ya cumplimentado

Varios:

Si tiene por objeto un piso o local de un edificio en régimen de propiedad horizontal deberá aportarse certificado del Administrador relativo al estado de los gastos de comunidad.

 Debe tener en cuenta:

El pago del impuesto sobre el Incremento del Valor de los terrenos de naturaleza urbana (antigua Plus-Valía) es de cuenta del vendedor; el pacto en contrario está excluido en aquellos supuestos en los que el vendedor actúe con carácter profesional.

Debe pactar los gastos de notaría.

Es una materia de libre configuración por las partes; los pactos más frecuentes son:

  • Gastos a cargo del comprador
  • Gastos por mitad
  • Gastos a cargo del vendedor
  • Gastos según ley (derechos de matriz a cargo del vendedor y demás derechos a cargo del comprador)

El pago de los aranceles registrales corre siempre a cargo del comprador. Impuestos:

Si la compra es a un particular, se devenga el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITPAJD), que es de cargo del comprador y se liquida tomando por base la declarada como precio de venta al tipo del 8% o 5% según se trate de compraventa de inmueble en general o de compraventa de primera vivienda y un precio inferior a 200.000€.

Si la compra es a un promotor se devenga IVA a cargo del comprador, además del impuesto de actos jurídicos documentados, al tipo del 1,50%.

En todo caso se devenga el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (antigua Plus-Valía), varía en función del Municipio y de las fechas de adquisición y venta del inmueble.

Asesoramiento, preparación y autorización de documentos notariales

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